Legislación General

Ley Nº 4857

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Dispone que el Ministerio de Gobierno, a través de la Dirección Provincial de Seguridad Vial, arbitre los mecanismos necesarios para proceder a la publicación en el reverso de las boletas de servicio de agua, de las normas de tránsito y de seguridad vial, conforme a la Ley Nacional nº 24449 y Provincial S nº 2942.

Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )

Sancionada el 07-06-2013 Promulgada el 19-06-2013 por Decreto Nº 853/2013

Publicado en el Boletín Oficial del 04-07-2013 Pág.1;

Entrada en vigencia el 12-07-2013

Autor/es: DELLAPITIMA Norma Susana

Trámite Legislativo: Proyecto Nº 682/2012

Norma Consolidada: Ley Provincial S Nº4857

Afecta a los siguientes Documentos:

Ley Nº 2942 - Observación - Desde el 12-07-2013

Descripción: Mención.